Documentación necesaria para poner una vivienda a la venta

Hay varios documentos que se van a exigir para poder vender una vivienda y en el momento de ir a la Notaría.

Conviene distinguir entre documentación previa a la venta y la que se tiene que mostrar al fedatario público para elevar la operación a Escritura Pública.

En este artículo, no incorporamos aquellos documentos que se recomienda que estén disponibles, antes de sacar al mercado una propiedad, para mejorar la comercialización, como la Valoración de la propiedad, los Planos, el Reportaje fotográfico profesional, el video o la visita virtual.

Nos centramos en documentos como el Certificado eficiencia energética, certificados de pagos de facturas, recibos de tasas e impuestos y otros documentos que necesita disponer el propietario, antes y durante la venta de su vivienda.

Documentación inicial

Los trámites que se recomienda tener disponibles antes de sacar la vivienda al mercado inmobiliario:

El certificado de eficiencia energética

Es obligatorio presentarlo para anunciar las viviendas y para los contratos de compraventa.

Es necesario que un técnico visite la propiedad y emita el certificado, indicando la etiqueta energética correspondiente al nivel de consumo energético y el nivel de emisiones de CO2 de la vivienda en relación con sus dimensiones.

El certificado de estar al corriente con los gastos de la comunidad

Para verificar que no quedan importes pendientes de pago (gastos o derramas) en la comunidad de propietarios.

Se lo puedes pedir al presidente o al administrador de tu finca y este te lo puede emitir de forma gratuita. Aunque, si la comunidad la gestiona un administrador, esto dependerá del acuerdo al que haya llegado la comunidad con este profesional al contratarlo.

El último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles

Se debe presentar el recibo del impuesto (IBI) del año en curso o del año anterior, en el caso de no se haya recibido el giro de cobro por parte del ayuntamiento. Es la manera de certificar estar al corriente de pagos con el ayuntamiento.

El propietario actual de la vivienda es quien debe pagar el impuesto del año en el que se vende la vivienda. Se toma la fecha del 1 de enero para determinar la titularidad de la propiedad de ese año.

Las partes pueden pactar el reparto del importe anual, según los meses transcurridos desde inicio de año hasta la formalización de la compraventa.

Las últimas facturas de suministros de la vivienda

Se requiere disponer de una copia de las facturas recientes de los siguientes de suministros:

  • agua,
  • luz,
  • gas,
  • tasa de basuras del ayuntamiento.

Documentación para tener disponible en la Notaría

Para constatar la compraventa del inmueble, mediante Escrituras Públicas, es necesario

firma del contrato de compraventa ante notario.

Identidad de las partes

: Documento de identidad original y vigente o permiso de residencia. Documento de representación de persona física, se solicita el original del poder. Y para representar a una persona jurídica; en este caso, documento de constitución de la sociedad, el nombramiento como apoderado del representante y el acta de titularidad real.

Documentación a aportar por los propietarios

deben disponer de estos documentos vigentes:

  • Título de la propiedad.
  • Copia autorizada de la Escritura por la que obtuvo la propiedad.
  • Certificado de la propiedad de propietarios para asegurar que no existen cuotas de comunidad impagadas.
  • Certificado de cargas y deudas sobre la vivienda.

Documentos para Situaciones especiales

Cédula de habitabilidad

Se trata de un documento que garantiza que la vivienda cumple con los mínimos exigidos para ser habitable en cuanto a salubridad, higiene y solidez de la estructura.

Se deben cumplir con varios requisitos, como la Habitabilidad y ocupación, la Sostenibilidad y el ahorro energético, Accesibilidad, Ventilación e iluminación natural, los Espacios para el almacenamiento, Cámaras higiénicas,…

Certificado del ITE

El ITE es la inspección técnica de edificios, una evaluación por la que deben pasar todas las fincas que tienen una antigüedad de más de 45 años.

Se puede conseguir a través del Presidente o administrador de la comunidad de vecinos.

Certificado de hipoteca pendiente

Si sobre la vivienda que se quiere vender, hay una hipoteca vigente, se debe indicar la deuda pendiente. Este certificado lo emite el banco que financia el préstamo hipotecario, reflejando el importe pendiente de pago.

En el momento de la firma ante Notario, un representante de la entidad está presente  para recibir el importe, pro parte del comprador, de lo que queda pendiente de pago. De esa manera, se documenta el certificado de «deuda cero», para indicar que la vivienda está libre de pago, como paso para poder cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad.

Si ya se ha amortizado la hipoteca, pero no está todavía en el Registro, hay que proceder, antes de la venta, con el trámite de cancelación registral de la hipoteca.

Documentos exigibles según tu Comunidad Autónoma

Consulta con expertos inmobiliarios QualisAngels, la necesidad de contar con los documentos en tu región, así como los trámites necesarios y su coste, que pueden varias de una zona a otra, como:

  • Obligatoriedad de la cédula de habitabilidad (en 9 de las comunidades españolas),
  • Antigüedad mínima requerida del edificio para el certificado ITE,
  • Valor de referencia en la zona del inmueble, para el cálculo del ITP y Plusvalía.

Info: https://www.qualisoptima.com/documentacion-necesaria-para-poner-una-vivienda-a-la-venta/

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